martes, 25 de noviembre de 2008

06 de Noviembre de 2008 - Información para la Prensa N° 395/08



Ministro Jorge Taina

COMUNICADO OFICIAL DE LA CANCILLERIA ARGENTINA
1. Ante la difusión por parte del Reino Unido de un acto unilateral por el cual adoptó una pretendida \"constitución\" para las Islas Malvinas, el Gobierno de la República Argentina, a través de la Cancillería, convocó con carácter de urgente al Encargado de Negocios de la Embajada británica, a quien se le hizo entrega de una enérgica nota de protesta.

2. Dicha nota de protesta afirma que este nuevo acto unilateral británico constituye otro desconocimiento más de las resoluciones sobre la \"Cuestión de las Islas Malvinas\" adoptadas desde 1965 por la Asamblea General y el Comité Especial de Descolonización de las Naciones Unidas. Tales resoluciones reconocen que existe una disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido y convocan a ambos países a reanudar las negociaciones sobre soberanía hasta alcanzar, a la mayor brevedad posible, una solución justa, pacífica y duradera de la controversia, teniendo debidamente en cuenta los intereses de los habitantes de las islas.

3. También afirma la nota que este acto unilateral británico constituye, en particular, una nueva y abierta violación de la Resolución 31/49 adoptada en 1976 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que insta a las dos partes en la disputa (la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones adoptadas por la Asamblea General, es decir, la reanudación de las negociaciones de soberanía hasta alcanzar, a la mayor brevedad posible, una solución justa, pacífica y duradera de la controversia.

4. Por último, la nota deja establecido que este acto unilateral británico representa una nueva violación al espíritu de los entendimientos provisorios bajo fórmula de soberanía relativos a aspectos prácticos relacionados con el área ilegítimamente ocupada por el Reino Unido, que tienen como propósito contribuir a la creación del ambiente propicio para la reanudación de las negociaciones sobre soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido.

5. La pretendida \"constitución\" adoptada por el Gobierno británico refiere al principio de libre determinación de los pueblos, que resulta totalmente ajeno, y en consecuencia inaplicable, a la disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por la soberanía de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur. Así lo ha reconocido la Asamblea General de las Naciones Unidas y el Comité Especial de Descolonización al omitir toda referencia a ese principio en todas las resoluciones referidas a la Cuestión de las Islas Malvinas. Más aún, la Asamblea General rechazó expresamente la aplicabilidad de dicho principio a la Cuestión de las Islas Malvinas en dos oportunidades en 1985.

6. La República Argentina reafirma su soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, los cuales, como afirma la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, forma parte integrante del territorio nacional. Como consecuencia de este mandato constitucional, la República Argentina no reconoce a ningún supuesto gobierno de las Islas Malvinas, ni a sus representantes, ni a sus símbolos ni emblemas.

No hay comentarios: