Ley Nº 26350
Texto y fundamentación
Pintura "La Persistencia De La Memoria", de Salvador Dali (1931)
Fundamentos
El huso horario es una zona de la superficie terrestre comprendida entre dos meridianos (semicírculos que unen los polos Norte y Sur) que mide 15 grados de longitud (aunque ahora cada una se adaptó a las fronteras internacionales o límites regionales para facilitar las actividades comerciales). En total son 24 y el punto de inicio para contarlos es el Meridiano de Greenwich (está en Inglaterra y tiene 12 husos al Este y 12 al Oeste), a partir del que se sumará una hora por cada huso atravesado hacia el Este y se restará una hora hacia el Oeste.
En 1920, Argentina se adhirió a la Convención Internacional de Husos Horarios. Pero desde entonces se registró una política bastante errática con el manejo de su hora oficial.
Hasta 1930, se aplicó durante todo el año la hora que geográficamente le corresponde al país y que coincide con el "huso 4 al Oeste del meridiano de Greenwich". Con el primer golpe militar, en 1930, arrancaron los cambios de horarios: para el verano se fijó el huso 3, mientras que para el período invernal se estableció el huso 4. Ese esquema se mantuvo hasta 1969 y se dejó de usar porque ya no aportaba beneficios.
En el período que va de 1969 a 1974, se regresó al huso 3 todo el año. En 1974, se pasó al huso 4 en el verano. A fin de ese año, se volvió a aplicar el huso 3 que siguió vigente hasta 1988. Ese año, la crisis energética provocó otro salto, pero esta vez al huso 2.
En 1989, Carlos Menem volvió a modificar los relojes: estableció el huso 2 en el verano y el retorno del huso 3 para el invierno. Ese esquema se mantuvo hasta 1993 y a partir de ese año y hasta 1999 se retornó al huso 3 para todo el año.
En 1999, el Congreso aprobó la Ley 25155 que fijaba la adopción del huso 4 en invierno y el regreso al huso 3 en el verano. Ese cambio no llegó a aplicarse. Tras comprobar que en lugar de producir un ahorro, iba a generar un mayor consumo, el Gobierno de la Alianza decidió su suspensión.
El último antecedente de modificación del huso horario se registró en 2004 y respondió a una decisión parcial que habían tomado varias provincias cordilleranas y de la región patagónica al retrasar sus relojes una hora.
La medida había sido adoptada por Tierra del Fuego, Chubut, Santa Cruz, La Rioja, Tucumán, Catamarca, San Juan, San Luis y Mendoza para afrontar los primeros síntomas de la crisis energética que había tomado por sorpresa al gobierno de Néstor Kirchner. Superado el invierno, las provincias volvieron a alinearse con la Nación y hacia octubre de 2004, todas regresaron al huso horario 3 que había mantenido el resto del país.
El 27 de diciembre de 2007 el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 26350 que establece el adelantamiento de 60 minutos de la hora oficial a partir de la hora cero del 30 de diciembre, dentro del programa general de uso racional y eficiente de la energía. En marzo el país volvería a su hora actual.
El articulado de dicha Ley dice textualmente:
Artículo 1º Establécese como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el período invernal, la del Huso Horario TRES (3) HORAS al Oeste del meridiano de Greenwich.
Artículo 2º Establécese como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el período estival, la del Huso Horario DOS (2) HORAS al Oeste del meridiano de Greenwich.
Artículo 3º El período estival correspondiente al año 2007/2008, se iniciará a la CERO (0) HORA del día domingo 30 de diciembre de 2007 y se extenderá hasta la CERO (0) HORA del día domingo 16 de marzo de 2008.
Artículo 4º El Poder Ejecutivo nacional fijará anualmente la fecha de iniciación y de terminación del período estival que corresponda.
Artículo 5º El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de la Secretaría de Energía y de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), realizará periódicamente los estudios pertinentes que permitan evaluar las consecuencias de la implementación del cambio de la hora oficial.
Fundamentos
El huso horario es una zona de la superficie terrestre comprendida entre dos meridianos (semicírculos que unen los polos Norte y Sur) que mide 15 grados de longitud (aunque ahora cada una se adaptó a las fronteras internacionales o límites regionales para facilitar las actividades comerciales). En total son 24 y el punto de inicio para contarlos es el Meridiano de Greenwich (está en Inglaterra y tiene 12 husos al Este y 12 al Oeste), a partir del que se sumará una hora por cada huso atravesado hacia el Este y se restará una hora hacia el Oeste.
En 1920, Argentina se adhirió a la Convención Internacional de Husos Horarios. Pero desde entonces se registró una política bastante errática con el manejo de su hora oficial.
Hasta 1930, se aplicó durante todo el año la hora que geográficamente le corresponde al país y que coincide con el "huso 4 al Oeste del meridiano de Greenwich". Con el primer golpe militar, en 1930, arrancaron los cambios de horarios: para el verano se fijó el huso 3, mientras que para el período invernal se estableció el huso 4. Ese esquema se mantuvo hasta 1969 y se dejó de usar porque ya no aportaba beneficios.
En el período que va de 1969 a 1974, se regresó al huso 3 todo el año. En 1974, se pasó al huso 4 en el verano. A fin de ese año, se volvió a aplicar el huso 3 que siguió vigente hasta 1988. Ese año, la crisis energética provocó otro salto, pero esta vez al huso 2.
En 1989, Carlos Menem volvió a modificar los relojes: estableció el huso 2 en el verano y el retorno del huso 3 para el invierno. Ese esquema se mantuvo hasta 1993 y a partir de ese año y hasta 1999 se retornó al huso 3 para todo el año.
En 1999, el Congreso aprobó la Ley 25155 que fijaba la adopción del huso 4 en invierno y el regreso al huso 3 en el verano. Ese cambio no llegó a aplicarse. Tras comprobar que en lugar de producir un ahorro, iba a generar un mayor consumo, el Gobierno de la Alianza decidió su suspensión.
El último antecedente de modificación del huso horario se registró en 2004 y respondió a una decisión parcial que habían tomado varias provincias cordilleranas y de la región patagónica al retrasar sus relojes una hora.
La medida había sido adoptada por Tierra del Fuego, Chubut, Santa Cruz, La Rioja, Tucumán, Catamarca, San Juan, San Luis y Mendoza para afrontar los primeros síntomas de la crisis energética que había tomado por sorpresa al gobierno de Néstor Kirchner. Superado el invierno, las provincias volvieron a alinearse con la Nación y hacia octubre de 2004, todas regresaron al huso horario 3 que había mantenido el resto del país.
El 27 de diciembre de 2007 el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 26350 que establece el adelantamiento de 60 minutos de la hora oficial a partir de la hora cero del 30 de diciembre, dentro del programa general de uso racional y eficiente de la energía. En marzo el país volvería a su hora actual.
El articulado de dicha Ley dice textualmente:
Artículo 1º Establécese como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el período invernal, la del Huso Horario TRES (3) HORAS al Oeste del meridiano de Greenwich.
Artículo 2º Establécese como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el período estival, la del Huso Horario DOS (2) HORAS al Oeste del meridiano de Greenwich.
Artículo 3º El período estival correspondiente al año 2007/2008, se iniciará a la CERO (0) HORA del día domingo 30 de diciembre de 2007 y se extenderá hasta la CERO (0) HORA del día domingo 16 de marzo de 2008.
Artículo 4º El Poder Ejecutivo nacional fijará anualmente la fecha de iniciación y de terminación del período estival que corresponda.
Artículo 5º El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de la Secretaría de Energía y de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), realizará periódicamente los estudios pertinentes que permitan evaluar las consecuencias de la implementación del cambio de la hora oficial.
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