domingo, 3 de mayo de 2009

3 Comunicados del Bloque Encuentro Por Rosario

Concejala María Eugenia Bielsa

Concejal Fernando Rosua

Comunicado 1

Rosario, 13 de abril de 2009

Los concejales se reunieron con vecinos del Barrio Tío Rolo
Los concejales María Eugenia Bielsa y Fernando Rosúa, integrantes del Bloque Encuentro por Rosario, visitaron el Bº Tío Rolo, ubicado en la zona sudoeste de la ciudad, y allí mantuvieron una reunión con vecinos del lugar, quienes les plantearon las distintas problemáticas que aquejan al barrio. De la reunión también participó el dirigente Eduardo Toniolli, candidato a concejal por el Frente para la Victoria.

En la reunión los habitantes del Barrio expusieron a los concejales los distintos problemas que padecen, los cuales están en sintonía directa con los que sufren la mayoría de los vecinos que viven en las zonas más alejadas del radio céntrico, y por lo tanto, más postergadas de la ciudad.

En este sentido, Bielsa y Rosúa se comprometieron a trabajar desde el Concejo para encomendar al Municipio a que brinde soluciones a las distintas problemáticas, entre ellas: incumplimiento de frecuencia en la única línea de transporte urbano de pasajeros que entra al Barrio y, en este sentido, el pedido concreto de parte de los vecinos para tener una alternativa más a la hora de tomar un colectivo; falta de limpieza y mantenimiento de las zanjas, lo que acarrea problemas de salud por la basura acumulada e inundaciones cuando llueve. También en lo que se refiere a servicios públicos, falta de recolección de residuos, y la consiguiente creación de basurales a cielo abierto, con los riesgos que esto también conlleva para la salud. Para finalizar, la carencia de agua potable que sufren los pobladores de la zona, aspecto en el que se deberá trabajar en relación directa con el ENRESS.

Por último, y luego de recorrer el Barrio y recoger las diferentes demandas y reclamos de los vecinos, los Concejales quedaron de acuerdo con éstos en realizar un seguimiento tema por tema, a medida que el Concejo vaya aprobando los proyectos que se presentarán con el objetivo de solucionar cada uno de los problemas planteados.

Comunciado 2

Rosario, 16 de abril de 2009

Piden información sobre el recorte presupuestario en la Maternidad Martin

El Concejo Municipal aprobó en la sesión de hoy un proyecto de los concejales María Eugenia Bielsa y Fernando Rosúa, del Bloque Encuentro por Rosario, donde se solicita a la Municipalidad que brinde información sobre el recorte presupuestario aplicado en la Maternidad Martin.

El pedido de informes surgió a raíz de las declaraciones que realizara esta semana la Directora de dicha institución, Dra. Silvia Carbognani, quien señaló la existencia de un importante ajuste en el presupuesto de salud, que obliga a mantener cerrada la Maternidad desde las 22 hs. y hasta las 6 hs. de la mañana, debido al recorte en las horas de seguridad.

Refiriéndose al tema, la concejala Bielsa expresó: “Sabíamos, y por ello no lo votamos, que el Presupuesto 2009 enviado por el Ejecutivo al Concejo tenía un fuerte recorte en gasto social. Lo que nos sorprende es este nuevo ajuste presupuestario del orden del 25 % en el caso de la Maternidad Martin. Máxime después de que el Intendente justificara el último aumento de la TGI con el argumento de que esos recursos serían utilizados en inversión social y en servicios esenciales que brinda el Municipio, como es el caso de la salud”.

Luego agregó: “Es por ello que pedimos al Dpto. Ejecutivo un detalle del recorte presupuestario aplicado sobre la Maternidad, también cómo afectará esto a la prestación de servicios de salud que se brindan allí, y preguntamos además si se enmarca en una política de ajuste de inversión en el área de Salud de la Municipalidad”.

A su turno, el concejal Rosúa dijo: “El pasado 5 de marzo el Intendente anunció un recorte de gastos en la administración pública municipal, que incluía: congelamiento de sueldos del personal político por seis meses, suspensión de ingreso de personal en todas sus formas, de contratación de vehículos, de alquiler de inmuebles y de compras que no fueran imprescindibles. En esa oportunidad, el Intendente dijo que este ajuste permitiría priorizar la asignación de recursos destinados a gasto social, a salud y a servicios públicos esenciales”.

“Evidentemente esa priorización del gasto no ha sido efectiva, y por eso también le preguntamos al Ejecutivo cuáles son las circunstancias extraordinarias que han provocado que la racionalización administrativa anunciada el 5 de marzo se haya extendido a un servicio esencial como la salud pública de la ciudad”, finalizó Rosúa.

Comunciado 3

Rosario, 27 de abril de 2009

Programa de Preservación del Patrimonio Histórico, Urbano y Arquitectónico
Proponen que las catalogaciones de inmuebles sean notificadas a través de la boleta de la TGI y que se abra un Registro de Oposición

El Bloque Encuentro por Rosario, integrado por los concejales María Eugenia Bielsa y Fernando Rosúa, presentó un proyecto en el Concejo Municipal para que los propietarios de inmuebles catalogados como de “Interés Municipal” por su Valor Patrimonial, sean notificados sobre esta condición a través de la boleta de la Tasa General de Inmuebles. También se propone abrir un Registro de Oposición dentro de los sesenta días de producida la notificación.

Brindando detalles sobre la iniciativa, la concejala Bielsa argumentó: “El proyecto viene a enmendar una deficiencia en la comunicación del Municipio para con los propietarios de inmuebles que han sido catalogados como de “Interés Municipal” por su valor patrimonial. La ordenanza Nº 6.171, que crea el Programa de Preservación del Patrimonio Histórico, Urbano y Arquitectónico, establece como medios de difusión para que los propietarios tomen conocimiento sobre una eventual catalogación de su inmueble, a los medios de comunicación y al Boletín Oficial entre otros”.

“Evidentemente, estas formas de comunicar la catalogación no siempre son efectivas, ya que recientemente hubo un juicio ganado por un particular a la Municipalidad, en el que uno de los argumentos del demandante fue la falta de notificación por parte del Municipio sobre la afectación de su inmueble dentro del programa de preservación edilicia. El particular ganó el juicio y el inmueble fue demolido”, puntualizó Bielsa. “Creemos que esta irregularidad expone al Estado a posibles demandas promovidas por propietarios de inmuebles catalogados, en función de las deficiencias evidenciadas en los mecanismos de notificación”.

Por otra parte, el concejal Rosúa explicó la segunda modificación a introducirse en la Ordenanza Nº 6.171: “Se trata del agregado del artículo 6 bis, que establece la apertura de un “Régimen de Oposición” a la medida tomada por el Estado. De esta manera, dentro de los sesenta días de haber sido notificado a través de la boleta de la TGI, el propietario de un inmueble catalogado podrá objetar su inclusión en el programa de preservación patrimonial edilicia”.

Luego agregó: “Creemos que es importante que las personas que poseen un inmueble que ha sido declarado como de Interés Municipal tenga la posibilidad de enterarse de esta medida en tiempo y forma, porque sino toman conocimiento cuando van a pedir permiso a la Municipalidad para realizar alguna refacción u obra y no son autorizados. Es destacable también que a partir de esta modificación los propietarios podrán, a través del Registro de Oposición, objetar la medida, exponer sus argumentos y asimismo, escuchar las razones que tiene el Estado para declarar su inmueble de valor patrimonial”.

Para finalizar, los concejales recordaron las implicancias que conlleva la catalogación: ”Cuando un inmueble es incluido dentro del programa de preservación edilicia, para poder hacerle modificaciones o refacciones, se tienen que respetar determinadas normativas relacionadas justamente con esa preservación. Cuando así no lo fuera, el propietario tiene que suscribir un ante proyecto de convenio con la Municipalidad, que luego será tratado para su aprobación por el Concejo Municipal”.

Leer texto del Proyecto

VISTO

La Ordenanza Nº 6.171 promulgada el 6 de Junio de 1996, que dispuso la puesta en marcha del "Programa de Preservación del Patrimonio Histórico, Urbano y Arquitectónico"; bajo la órbita de la Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de Rosario;

Y CONSIDERANDO

Que el 16 de Mayo de 2001 se promulgó la Ordenanza Nº 7.156, por medio de la cual se declaran de Interés Municipal los Edificios y Sitios de Valor Patrimonial que se detallan en un anexo indisoluble, conformado como Catálogo, en el que se explicitan los distintos Grados de Protección y su correspondencia con cada inmueble;

Que el 6 de Mayo de 2005 se promulgó la Ordenanza Nº 7.837, que establece que los proyectos de intervenciones a realizarse sobre los inmuebles incluidos en la Ordenanza Nº 7.156, o considerados eventualmente en tales términos, que modifiquen sustancialmente las pautas fijadas por normativas basadas en la Preservación del Patrimonio, deberán contar con un Anteproyecto de Convenio Urbanístico suscrito entre el Departamento Ejecutivo y los propietarios del inmueble, que deberá ser girado al Concejo Municipal para su aprobación;

Que en el mes de marzo del año 2008, este Cuerpo aprobó la Ordenanza Nº 8.245, a través de la que se actualizó el inventario y catalogación de los bienes del patrimonio histórico arquitectónico y urbanístico del área central de nuestra ciudad;

Que este cuerpo tiene previsto avanzar en el tratamiento del catálogo correspondiente al segundo anillo perimetral del área central;

Que la Ordenanza Nº 6.171 señala en su artículo 6º: “Será misión del Departamento Ejecutivo, difundir y promover aspectos relacionados con la preservación del Patrimonio Urbano, dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 5.278/91, a los fines de lograr en la población una conciencia colectiva sobre el particular. Asimismo, se difundirán en medios periodísticos, Boletín Oficial, etc., el catálogo de edificios y áreas de Protección Urbana, a los fines que sus propietarios tomen conocimiento del estado de situación de sus bienes.”;

Que en un fallo reciente (Nº 185, “Ridley Francisco A. y Ridley Alejandro c/ Municipalidad de Rosario s/ Amparo”, Expte. Nº 453/07) la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial revocó la sentencia previa del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4, e hizo lugar a una demanda de amparo, condenando al Municipio a autorizar los proyectos de demolición y de construcción en una propiedad previamente catalogada;

Que entre las consideraciones del fallo, los jueces señalan “La técnica urbanística de atribución a la propiedad de un contenido preciso, se produce no de un modo abstracto y general sino concreto y particular con relación a un específico inmueble. Razones históricas, artísticas pueden ser invocadas, pero en tal caso el procedimiento para su determinación no puede obviar la participación del propietario sin afectar no solo su derecho de propiedad, sino además el elemental derecho a ser oído”;

Que uno de los argumentos utilizados por los demandantes en el citado expediente, es que la afectación del inmueble al régimen de preservación edilicia no les fue notificada, tomando conocimiento de ella con la contestación de la demanda de amparo por el Municipio;

Que esta irregularidad expone al Municipio a posibles demandas promovidas por propietarios de inmuebles catalogados, en función de las deficiencias evidenciadas en los mecanismos de notificación de las medidas adoptadas en el marco del régimen de preservación edilicia;

Que resulta necesario, además de cumplir con los mecanismos establecidos en la Ordenanza Nº 6.171 a fin de que los propietarios tomen conocimiento del estado de situación de sus bienes, ampliar las formas de notificación con vistas a hacer efectiva la participación del propietario en el citado proceso;

Por lo anteriormente expuesto, los concejales y concejalas abajo firmantes, elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de

ORDENANZA

Artículo 1º.- Modificase el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 6.171 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 6º: Será misión del Departamento Ejecutivo, difundir y promover aspectos relacionados con la preservación del Patrimonio Urbano, dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 5.278/91, a los fines de lograr en la población una conciencia colectiva sobre el particular. Asimismo, se difundirán en medios periodísticos, Boletín Oficial, etc., el catálogo de edificios y áreas de Protección Urbana, a los fines que sus propietarios tomen conocimiento del estado de situación de sus bienes. Con el mismo objetivo, el Departamento Ejecutivo informará a los propietarios de aquellos inmuebles que hayan sido catalogados, por intermedio de un anuncio impreso en la boleta de la Tasa General de Inmuebles inmediata posterior a la promulgación de la Ordenanza correspondiente”.

Artículo 2º.- Agréguese a la Ordenanza Nº 6.171 el Artículo 6 bis, que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 6 bis: El Departamento Ejecutivo dispondrá los mecanismos necesarios para brindar la posibilidad, a los propietarios de los inmuebles que hayan sido catalogados, de objetar la medida por intermedio de un registro de oposición, abierto por un lapso de sesenta (60) días hábiles luego de la notificación de la misma a través de la Tasa General de Inmuebles”.

Artículo 3º.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al DM.

DECRETO

Artículo 1º.- Se encomienda al Departamento Ejecutivo que proceda al cumplimiento inmediato de la Ordenanza Nº 6.171.

Artículo 2º .- Comuníquese con sus considerandos.

Encuentro por Rosario
Celular de María Eugenia Bielsa: (0341) 154 – 000074
Celular de Fernando Rosúa: (0341)154 – 024245

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