miércoles, 22 de octubre de 2008



Boletín Oficial de la Nación - Publicación y texto de la Ley 26.350

Establécese como hora oficial durante el período invernal, la del Huso Horario Tres Horas al Oeste del meridiano de Greenwich y durante el período estival, la del Huso Horario Dos Horas al Oeste del meridiano de Greenwich, en todo el territorio nacional. Fíjase el período estival
correspondiente al año 2007/2008.
Sancionada: Diciembre 26 de 2007

Promulgada: Diciembre 27 de 2007

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Establécese como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el período invernal, la del Huso Horario TRES (3) HORAS al Oeste del meridiano de Greenwich.

ARTICULO 2º — Establécese como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el período
estival, la del Huso Horario DOS (2) HORAS al Oeste del meridiano de Greenwich.

ARTICULO 3º — El período estival correspondiente al año 2007/2008, se iniciará a la CERO
(0) HORA del día domingo 30 de diciembre de 2007 y se extenderá hasta la CERO (0) HORA del día domingo 16 de marzo de 2008.
ARTICULO 4º — El Poder Ejecutivo nacional fijará anualmente la fecha de iniciación y de
terminación del período estival que corresponda.
ARTICULO 5º — El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de la Secretaría de Energía y de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), realizará periódicamente los estudios pertinentes que permitan evalua las consecuencias de la implementación del cambio de la hora oficial. A partir de dichos estudios, el Poder Ejecutivo nacional podrá modificar los Husos Horarios a que se refieren los artículos 1º y 2º de la presente, en todo el territorio nacional o de acuerdo a su situación
geográfica Este-Oeste.

ARTICULO 6º — Derógase la Ley Nº 25.155.

ARTICULO 7º — La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 8º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.350 —

EDUARDO A. FELLNER. — JULIO CESAR C.COBOS. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
#F2807859F#
#I2807857I#
Decreto 158/2007
Bs. As., 27/12/2007

POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.350 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. —

FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido.

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